¿Lehendakari delincuente?
Una ley que ilegaliza partidos políticos está llamada, evidentemente, a crear dificultades, por cuanto regula una cuestión verdaderamente compleja. Un ejemplo lo tenemos estos días con el presidente autonómico vasco visitando los juzgados una vez y otra.
Los jueces y los expertos en derecho sabrán lo que se hacen, pero como ciudadano no puedo menos que preguntarme qué pasa aquí. ¿Ha cometido el presidente un delito? Dejemos a un lado lo que me parece bien o mal, tanto en un sentido como en otro. Voy a intentar razonar conmigo mismo.
Batasuna fue declarada un partido político ilegal basándose en la llamada Ley de Partidos. El efecto que esa ilegalización tiene no es que ninguno de sus miembros vaya a la cárcel, ni vea suspendido ninguno de sus derechos individuales; lo que conlleva es la disolución del partido (felizmente, no se disuelve a ninguna persona concreta). Es decir, el partido no puede presentar candidaturas a las elecciones ni continuar su actividad. Vale.
Por otra parte, el presidente autonómico vasco puede, tanto en el ejercicio de sus funciones como fuera de dicho ejercicio, comunicarse con cualquier persona. No creo que haya mucho que discutir en esto. Es más, en el ejercicio de sus funciones goza incluso de ciertas formas de inmunidad.
Uniendo las dos cosas, resulta que el presidente se reúne con un líder de una organización disuelta. Y lo que no entiendo es con qué base se está procesando al presidente. No entiendo cuál es su delito.
"Pero Otegi es el líder de Batasuna, que fue declarada ilegal". Por una parte, Batasuna se disolvió por orden judicial, y disuelto está. Por otra parte, Otegi no es "el líder de Batasuna"; Otegi es Otegi. Como persona individual, sigue teniendo íntegro su derecho a hablar con quien quiera, nos guste mucho o poco. No está cumpliendo condena por nada. La Ley de Partidos no impone restricción alguna sobre el ciudadano Otegi. Eso sí, si intenta presentarse por Batasuna a una alcaldía no podrá hacerlo. Pero si consiguiera afiliarse al PP y figurar como candidato por este partido, sí podría (legalmente, digo). Aunque Otegi individualmente no diga nada contra el terrorismo de ETA ni a favor. No sé si me equivoco...
"Pero esa conversación forma parte de la actividad de Batasuna, así que es una conducta delictiva". Aquí entramos en las dificultades que mencioné al principio. ¿Cómo se detecta si un acto determinado forma parte de la actividad de un partido que no existe? No se puede establecer constancia documental alguna. Podemos basarnos en el sambenito que le hayamos colgado a Otegi, pero insisto: Otegi no está preso ni tiene prohibido hablar con quien quiera. Si el presidente autonómico lo recibe, mejor para él.
Puesto que un presidente autonómico es libre de reunirse con un representante sindical, un vendedor callejero, un afectado por negligencia hospitalaria, un representante de los indígenas del Amazonas o con el propio Aníbal Lecter en su celda en el momento en que se zampa un brazo de un guardia, si dicho presidente cree que tiene un trabajo que hacer con estas personas, no veo por qué no puede reunirse con el líder de un partido político disuelto. Incluso en el supuesto de que Otegi estuviese continuando la actividad de Batasuna, cosa que no sé muy bien cómo puede demostrarse (que se le hinche una vena de la frente a Mayor Oreja no sirve como demostración de nada, lo siento), en todo caso sería a Otegi a quien habría que pedir cuentas.
Vamos a estirar más la goma. Vamos a suponer (que yo esto ya no lo creo, pero aceptémoslo como hipótesis) que al reunirse con Otegi el presidente contribuye a mantener la actividad de Batasuna.
Si hay un mitin de Batasuna en la calle, y me entra la curiosidad (difícil lo veo, pero en fin) y me paro a escuchar, ¿soy culpable de algún delito? ¿Estoy contribuyendo a mantener la actividad de Batasuna? ¿"Contribuir" indirectamente a mantener la actividad de Batasuna es delictivo? ¿Y si lo que hago es subir al estrado (suponiendo que me dejen) e intentar convencer a la gente de que se disuelva, o a Otegi de que se afilie al PP? Estoy hablando con él, participando en un mítin... ¿Incurro en responsabilidad penal? ¿Incurriría en responsabilidad penal el lehendakari si hablara con Otegi por teléfono? ¿Y por carta?
La Ley de Partidos no declara apestado ni en cuarentena a nadie. Disuelve partidos y deja sin representación a sus votantes (que no es poco, precisamente). Me gustaría conocer algún argumento racional sobre por qué debe ir el lehendakari a los juzgados. Mientras tanto... la verdad, lo que veo es que alguien está estirando la ley hasta límites insólitos para conseguir sentar al presidente en el banquillo. Y trayendo las leyes tan por los pelos, me temo que a cualquiera lo podrían procesar por cosas que ni se le ocurren. No están para eso, las leyes.
3 comentarios:
Gracias por tu reflexión. Vuelvo a creer en la condición humana.
Me ha gustado tu autoreflexion, pero no creo que la cuestion merezca tantas lineas.
pero no creo que la cuestion merezca tantas lineas.
Estoy de acuerdo.
Ahora convence a los periódicos de tirada nacional :-)
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